jueves, 1 de agosto de 2013

Argentina: ESTUDIAN ALTERNATIVAS PARA QUE PUEDAN VOTAR PERSONAS TRANS

Buenos Aires, 30 de julio (Télam).-Un recurso de Habeas Data que fue presentado ante distintas sedes judiciales para resguardar el derecho a voto de los 3.000 hombres y mujeres trans con su nuevo DNI en las elecciones primarias del 11 de agosto está en estudio en varias de las jurisdicciones, informó la Federación de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FLGBT).

"Hubo provincias, como Santa Fe, en las que la justicia ordinaria rechazó el recurso y lo giró a la justicia eletoral, y en otras se está analizando el pedido", dijo a Télam Esteban Paulón, titular de la FLGBT.

El referente del colectivo trans sostuvo "que cada organización se manejó en forma independiente. No todas hicieron el pedido a la justicia ordinaria".

"En Mendoza, por ejemplo, donde hay unos 170 casos, no hubo "habeas data" porque se llegó a un acuerdo para que los padrones fueran actualizados y validados en forma manual", informó Paulón.

En ciudad de Buenos Aires, en cambio, "el juez se declaró incompetente y nosotros lo vamos a recusar porque creemos que lo tiene que resolver la justicia ordinaria".

El puntapié inicial lo dieron la FLGBT, la Mesa Nacional por la Igualdad y la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgénero de Argentina (ATTTA), con una presentación en la justicia federal el 23 de julio pasado.

En esa oportunidad expresaron que "el recurso se hizo en resguardo del derecho y de la protección del colectivo trans, para que tenga acceso a la ciudadania plena, y al voto que es la máxima expresión de ese derecho".

Paulón dijo hoy que "cree que no se va a llegar a tiempo para subsanar esta falta de previsión y que en algunos lugares es posible que se llegue a una acordada con los partidos políticos para que se permita el derecho al voto con el documento nuevo a todas las personas que cambiaron su identidad de género".

El recurso contempla alternativas para que en caso que resulte imposible la actualización de los padrones, se puedan suprimir los registros incorrectos a fin de garantizar la confidencialidad de aquellos datos personales -art. 9 Ley 25326-".

Además, se pide que "se habiliten padrones complementarios con los datos correctos de las personas afectadas" y se hace la salvedad de que esta alternativa sólo debe ser la opción de última ratio (razón o argumento), ante una imposibilidad cierta y manifiesta de cumplir con las modificaciones y actualización de los padrones definitivos".

En mayo de 2012 se convirtió en ley el derecho a la identidad de género que permite el reconocimiento legal de la identidad de género autopercibida a personas Trans, Travestis, Transexuales y Transgénero adecuando sus datos registrales, entre ellos, la partida de nacimiento y del DNI.(Télam)






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