Buenos Aires, 30 de julio (Télam).-Un recurso de Habeas
Data que fue presentado ante distintas sedes judiciales para resguardar
el derecho a voto de los 3.000 hombres y mujeres trans con su nuevo DNI
en las elecciones primarias del 11 de agosto está en estudio en varias
de las jurisdicciones, informó la Federación de Lesbianas, Gays,
Bisexuales y Trans (FLGBT).
"Hubo provincias, como Santa Fe, en las que la justicia ordinaria
rechazó el recurso y lo giró a la justicia eletoral, y en otras se está
analizando el pedido", dijo a Télam Esteban Paulón, titular de la FLGBT.
El referente del colectivo trans sostuvo "que cada organización se
manejó en forma independiente. No todas hicieron el pedido a la justicia
ordinaria".
"En Mendoza, por ejemplo, donde hay unos 170 casos, no hubo "habeas
data" porque se llegó a un acuerdo para que los padrones fueran
actualizados y validados en forma manual", informó Paulón.
En ciudad de Buenos Aires, en cambio, "el juez se declaró incompetente y
nosotros lo vamos a recusar porque creemos que lo tiene que resolver la
justicia ordinaria".
El puntapié inicial lo dieron la FLGBT, la Mesa Nacional por la Igualdad
y la Asociación de Travestis, Transexuales y Transgénero de Argentina
(ATTTA), con una presentación en la justicia federal el 23 de julio
pasado.
En esa oportunidad expresaron que "el recurso se hizo en resguardo del
derecho y de la protección del colectivo trans, para que tenga acceso a
la ciudadania plena, y al voto que es la máxima expresión de ese
derecho".
Paulón dijo hoy que "cree que no se va a llegar a tiempo para subsanar
esta falta de previsión y que en algunos lugares es posible que se
llegue a una acordada con los partidos políticos para que se permita el
derecho al voto con el documento nuevo a todas las personas que
cambiaron su identidad de género".
El recurso contempla alternativas para que en caso que resulte imposible
la actualización de los padrones, se puedan suprimir los registros
incorrectos a fin de garantizar la confidencialidad de aquellos datos
personales -art. 9 Ley 25326-".
Además, se pide que "se habiliten padrones complementarios con los datos
correctos de las personas afectadas" y se hace la salvedad de que esta
alternativa sólo debe ser la opción de última ratio (razón o argumento),
ante una imposibilidad cierta y manifiesta de cumplir con las
modificaciones y actualización de los padrones definitivos".
En mayo de 2012 se convirtió en ley el derecho a la identidad de género
que permite el reconocimiento legal de la identidad de género
autopercibida a personas Trans, Travestis, Transexuales y Transgénero
adecuando sus datos registrales, entre ellos, la partida de nacimiento y
del DNI.(Télam)
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