miércoles, 28 de agosto de 2013

Multan a una discoteca en Perú por discriminar a una mujer transexual

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) multó a la empresa propietaria de la discoteca con 370.000 nuevos soles, por discriminar a Godfrey Arbulú, al negarle la entrada debido a su condición sexual.


28/08/2013 - Alexa López Según la investigación, la denunciante acudió a la discoteca 'Gótica' para asistir a un evento al cual fue invitada. Sin embargo, cuando llegó allí, el personal de seguridad le condicionó la entrada al pago de una suma mayor al que cobran al resto de consumidores.

Ante esta situación, la agraviada denunció a 'Gótica' ante la Comisión de Protección al Consumidor Nº 1 del INDECOPI, instancia que previamente había iniciado un procedimiento de oficio, es decir por iniciativa propia, tras conocer los hechos a través de los medios de comunicación.

Después de analizar las pruebas y argumentos de ambas partes, la Comisión determinó que Gothic Entertainment infringió el Código de Protección y Defensa del Consumidor, multándola con 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/. 370 mil, además de asumir el pago de los costos incurridos por la denunciante en el procedimiento.

Como medidas correctivas, la Comisión dispuso que la empresa propietaria de la discoteca remita una carta a la agraviada ofreciéndole disculpas por el trato discriminatorio que se le dio.
Además, deberá publicar por un período de 6 meses un aviso en su página web y un letrero visible en la entrada del establecimiento. También deberá capacitar a todo su personal para que se eviten conductas discriminatorias similares en el futuro y deberá acreditar esa capacitación ante el Indecopi.

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