miércoles, 11 de noviembre de 2009

El limbo legal de las personas transexuales mexicanos

El juicio de reasignación de género otorga un acta con los nuevos datos en el margen, lo que deja en evidencia la condición anterior de la persona y genera discriminación

Liliana Alcántara El Universal iliana.alcantara@eluniversal.com.mx

Roshell asegura que nacer con cuerpo de niño fue un error. Corregir esa mala jugada biológica con operaciones y tratamientos hormonales -con riesgo de perder la vida- cuesta hasta 170 mil pesos en México.

Aun así, sobrevivir con el cambio de sexo en México es más difícil que en Argentina o Brasil, pues -con excepción del Distrito Federal- las personas transexuales que viven en el país batallan para adquirir una nueva personalidad jurídica y obtener los documentos oficiales que avalen su nuevo género.

Roshell, ahora en la edad adulta, logró físicamente tener cuerpo y apariencia de mujer. Es una rubia con cejas bien definidas. Tiene senos y viste con medias y tacones. Tiene su propio negocio de belleza, es estrella principal en un show nocturno y activista defensora de los derechos humanos de las personas transexuales, pero en sus documentos conserva su nombre original para no complicar aún más su vida.

Si se decidiera a cambiar de nombre, entonces tendría que dedicar mucho tiempo, dinero y dignidad.

La personalidad marginal

En México, las personas transexuales pueden cambiar de nombre y de sexo mediante un juicio de reasignación para la concordancia de género. Pero lo que critican abogados y defensores de los derechos humanos es que esa norma es discriminatoria, pues los nuevos datos se asientan al margen en el acta de nacimiento, de tal manera que cada vez que hacen un trámite queda de manifiesto su identidad original.

“Debido a la anotación de datos marginales, estas personas padecen la falta de empleo porque les niegan la plaza. También son víctimas de vejaciones, cuestionamientos, humillaciones, faltas de respeto y agresiones físicas cuando se dan cuenta de que tienen un nombre que corresponde a un sexo y una apariencia distinta”, señala Víctor Hugo Flores, abogado y director de la asociación civil Transexual Legal.

Hace cinco años, este litigante inició un juicio que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Se trata del caso de una persona transexual, originaria del Distrito Federal, que solicitó un amparo a fin de que le fueran borrados de su acta de nacimiento el nombre y el sexo que tenía al nacer para evitar ser estigmatizado por la sociedad.

El 6 de enero pasado, la Corte falló a su favor y ordenó al juez la expedición de una nueva acta, pues la mayoría de los ministros consideraron que el artículo 138 bis del Código Civil del DF era discriminatorio porque establecía que los datos de cambio de nombre y sexo debían quedar registrados al margen en el acta de nacimiento original.

Mientras este proceso tenía lugar en la Suprema Corte, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó reformas a este artículo que entraron en vigor en noviembre de 2008 y con las cuales se prevé la emisión de nuevas actas de nacimiento tras efectuarse el juicio de reasignación de sexo.

align="justify">Fue hasta el 19 de febrero pasado cuando el Registro Civil del Distrito Federal emitió, por primera vez en sus 150 años de historia, un acta de nacimiento a una persona que nació con el género masculino, pero que se realizó la reasignación femenina.

Eva Laura García Velasco, abogada especialista de la SCJN, destaca que la preocupación de los ministros es que quedaran asentados en la sentencia los principios de los derechos humanos de las personas transexuales y el respeto a la dignidad humana.

“Este amparo abre la puerta para que en los otros estados de la República donde la legislación local no da respuesta a este tipo de casos, el juez sustente su criterio y busque más información sobre el tema”, dice.

Ahora la batalla será llevada a los estados del país, pues, a decir del abogado Víctor Hugo Flores, aún no hay ningún congreso local donde exista una iniciativa de reformas a los códigos civiles que ordene la expedición de una nuevo documento de identidad sin que existan los datos marginales que revelen el sexo original de la persona.

El largo camino

Roshell no requiere, por el momento, modificar sus documentos oficiales, pues viaja constantemente e iniciar un juicio no le garantizaría un éxito.
Ella sabe que para entablar el juicio, primero necesita buscar a un abogado con experiencia para que presente los argumentos suficientes a fin de convencer al juez, pues el fallo depende de su criterio.

Durante el proceso, el demandante tendrá que presentar a, por lo menos, dos testigos que aseguren que su cambio de personalidad viene de años atrás y que no fue un acto espontáneo o debido a un simple capricho.

También debe ser sometida a una prueba psicológica, mediante la cual el especialista descarte una enfermedad mental. “Para este trámite se debe recurrir a un psicólogo especializado en el tema de la transexualidad porque existe un problema y es que la Organización Mundial de la Salud eliminó la homosexualidad de la lista de enfermedades mentales, pero la transexualidad sigue siendo considerada por ese organismo como un problema de esquizofrenia”.

Pero además, el cambio de aspecto físico implica el gasto de al menos 170 mil pesos si la persona acude a servicios privados de salud para realizarse una cirugía y de alrededor de 500 pesos semanales para el tratamiento hormonal.

En otros casos, los transexuales recurren a supuestos tratamientos en los que exponen su vida por infecciones causadas por diversos productos que emplean para agrandar senos o glúteos, como la inyección de aceites para automóviles.

Si se cumple con los requisitos, el juez valorará si otorga la reasignación de sexo, pero en caso contrario, el demandante podrá apelar la decisión hasta que se haga efectivo su derecho.

Además, una vez que se consiguió el acta de nacimiento con los nuevos datos, la persona debe acudir a todas las oficinas para homologar sus trámites de seguridad social, pasaporte y otros documentos escolares, bancarios y demás, explica el abogado Víctor Hugo Flores.

El abogado especialista agrega que la legislación respecto a este tema en México aún “está en pañales”, pues en Europa se expiden nuevas actas de nacimiento con la reasignación de sexo desde los años 70 y en países como Argentina y Brasil no sólo se regula ese trámite sino que, además, se permite a los menores de edad realizarse las cirugías para cambiar el aspecto físico correspondiente al cuerpo “equivocado” con el que nacieron.

Andrés Linares, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, considera que para avanzar en esta materia se debe eliminar en todo el país el dato marginal del cambio de sexo y nombre.

Además, dice, los jueces que otorguen esa nueva personalidad jurídica deben ordenar, a su vez, a todas las demás autoridades que emitan nuevos documentos con la reasignación de género para evitar casos de discriminación.




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