viernes, 15 de marzo de 2013

México: Entregan al Congreso iniciativa Agnes Torres

Consiste en permitir que las personas transgénero levanten nuevas actas de nacimiento con el cambio de nombre y de género, fue denominada así en honor a la activista transgénero que fue asesinadaen marzo del año pasado y quien trabajaba en dicho proyecto.

El movimiento Comité Orgullo Puebla entregó a los diputados locales una iniciativa para reformar el Código Civil del estado, denominada “Agnes Torres”, a través de la cual buscan que las autoridades reconozcan los derechos de las personas transgénero.


Esta propuesta contempla modificar los artículos 831, 931, 932 y 935 del Código Civil y propone que en los juzgados del registro civil las personas transgénero puedan levantar nuevas actas de nacimiento con el cambio de nombre y de género.

“Esta iniciativa tiene la finalidad de amparar a las personas que viven con esta condición puesto que representa una necesidad al no haber una regulación jurídica específica para salvaguardar sus derechos civiles”, especifica la exposición de motivos de la propuesta de ley.

“La persona con identidad de género busca adecuar su sexo sicológico a su realidad social, que su nombre o su imagen ya no coinciden más con el sexo y nombre que ahora se acredita en sus actas de nacimiento, sufriendo un desamparo jurídico”.

La propuesta fue presentada en el Congreso y los activistas buscan a un legislador que la impulse. Ésta fue denominada “Agnes Torres” en honor a la activista transgénero que fue asesinada en marzo del año pasado y quien trabajaba en dicho proyecto.

A la par, se propuso reformar el Código de Procedimientos Civiles en su artículo 751, para que estas personas puedan iniciar la solitud de una nueva acta de nacimiento en la que tengan sus nuevos datos personales.

Entre los requisitos que se establecen se encuentran el “anexar a la demanda el dictamen expedido por un profesional de la conducta o un sexólogo que expida un diagnóstico que corrobore que la persona se encuentra sujeta al proceso de reasignación para la concordancia sexo-genérica con un mínimo de cinco meses”.

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