Foto: Especial
La Comisión de los Derechos Humanos del Estado de Puebla (CEDH-Puebla) emitió la recomendación número 11/2014 al Ayuntamiento de Tehuacán,
tras haberse comprobado que los días 24 de agosto y 14 de octubre de
2012, los jueces calificadores del primer y segundo turno del mismo
Ayuntamiento, cometieron irregularidades en
el desahogo de los procedimientos sumarios administrativos que afectan
el derecho humano a la seguridad Jurídica de una persona agraviada, por
su condición de transgénero.
La recomendación determina
que ambos jueces calificadores faltaron y contravinieron la obligación
que tienen de respetar el derecho humano de seguridad jurídica,
contenido en el Bando de Policía y Buen Gobierno, en su artículo 52.
De igual manera, la CEDH Puebla determinó que los servidores públicos del Departamento de Control Sanitario del Municipio de Tehuacán, al
realizar sus inspecciones en las fechas citadas, acusaron al agraviado de ejercer la prostitución con base en criterios prejuiciados, sobre todo por la apariencia femenina del agraviado.
Dicha acusación no
fue comprobada ni acreditada por los servidores públicos, lo que
representa una acción discriminatoria en contra del agraviado debido a
su apariencia, su forma de vestir y por preferencia sexual, lo cual está
prohibido por la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación del Estado Libre y Soberano de Puebla.
Por
lo anterior, el Coordinador del Departamento de Control Sanitario, el
Subcoordinador del Departamento de Control Sanitario, dos inspectores
del Departamento de Control Sanitario, el Juez Calificador del Primer
Turno y el juez Calificador del Segundo turno del Municipio afectaron en
agravio del quejoso, los Derechos Humanos a la seguridad jurídica y a
la igualdad, reconocidos en la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos y otros documentos.
La recomendación incluye medidas que procedan para lograr la efectiva restitución del afectado en sus Derechos Humanos, para lo cual debe aplicarse un mecanismo efectivo para dicha reparación.
Asimismo indica que el Estado tiene el deber de prevenir las
violaciones a los Derechos Humanos, para lo cual se debe brindar a
todos los servidores públicos del Departamento de Control Sanitario y
Jueces calificadores del Municipio de Tehuacán, capacitación relativa al respeto y
protección de los Derechos Humanos establecidos en la legislación
local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la
seguridad jurídica, legalidad y a la integridad y seguridad personal.
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