viernes, 17 de octubre de 2014

Andalucía/ Transexuales: por fin visibles

Fotografía de Martin Fisch 

Por Flor de Torres , Fiscal Delegada Autonómica de Andalucía de violencia a la mujer y contra la discriminación por identidad de género.
 
Quien practique la transfobia no solo comete un hecho delictivo, también esta rechazando con su acto a sus iguales. Proyectará  un odio que se instala en el estigma al que sometemos a un colectivo invisible también en derechos:  el de los y las transexuales.

Y es que  esa persona transfóbica se situará  directamente  fuera del marco Constitucional. Con su conducta ejercerá ataques directos  a la tolerancia y respeto de los derechos humanos con  acciones de acoso,  agresiones, injurias,  violaciones, actos de violencia psicológica,  negación  de sus derechos y hasta del derecho al asilo en nuestro país cuando  en su país de origen se persiga a la persona y se le denigre sus derechos humanos.

Porque la identidad de género que hay que respetar forma parte del catálogo de derechos fundamentales reconocidos en la Carta Magna de la Constitución Española. Al derecho prioritario de la igualdad del Art. 14 de la Constitución  se suman otros derechos desde donde tienen su origen y al que necesariamente han de volver: El derecho al honor, a la  intimidad personal, a la propia imagen, al no sometimiento de actos inhumanos, denigrantes o vejatorios. Todos transitan por el camino de la igualdad y sin que pueda prevalecer ningún acto de discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Y es que atrás quedan  leyes  vergonzosas, que denigraban los derechos humanos como la Ley de vagos y maleantes de 1954 o la Ley de peligrosidad y rehabilitación social de 1970 que castigaba a las personas que no cumplían los estereotipos del binarismo sexual y de género.

Siguiendo esta  concepción del ser humano plural y con  derecho a su identidad, desde el día 9 de Julio de 2014 la Comunidad Autónoma de Andalucía posee uno de los instrumentos legales  más innovadores en el respeto al derecho del colectivo de Transexuales: La Ley 2/2014, de 8 de julio, Integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y reconocimiento de los derechos de las personas transexuales de Andalucía.

Andalucía reconoce en su Estatuto de Autonomía en el Artículo 14 el derecho a la igualdad y no discriminación especialmente aquella que tiene su origen en razón del sexo, características genéticas o cualquier otra circunstancia personal o social.

Una ley que solo podía ser integral por los derechos que pueden verse conculcados y que exigía mirada integral a un problema integral. Abarca el derecho de la autodeterminación del género de personas con identidad  genética distinta a la asignada al nacer. Y por ello desde el respeto a este derecho se establece un catálogo de derechos administrativos, de identificación, sanitarios, de no discriminación  laboral, de educación, de derechos sociales,  y de apoyo y protección a las víctimas  de delitos de odio y de transfobia pero de forma especial a las víctimas de violencia de género con acceso directo  a todos los mecanismos de protección a las victimas de violencia de genero   en el marco Autonómico.

Para la Fiscalía de violencia a la mujer el hecho de ser una mujer transexual no es barrera ni frontera para acceder en situación de idéntica igualdad como victima de violencia de género  en el caso que sobre ella se haya ejercido la violencia de género siempre que conste médicamente tal condición y los mismos requisitos legales que la Legislación del Registro Civil.

De esta forma  Andalucía se ha convertido en la Comunidad que cumple las recomendaciones de la Unión Europea en su informe de 12/12/12 de no discriminar a los y las transexuales. Navarra y País Vasco ya cuentan sus propias normas autonómicas. Pero en la Comunidad Andaluza se ha apostado  por una Ley  Integral  de Transexualidad. Un impulso necesario en discriminación positiva a un colectivo hasta hoy invisible en instituciones y en derechos.

Y como dice la Ley Andaluza: “El concepto de identidad de género se refiere a la vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente profundamente”
Y es que así es el colectivo Transexual: plural, con matices, con colores, con identidades diversas, sin binarismos.

Pero pleno en derechos.

Por fin visible, también en derechos.

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