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El Registro Civil de Lugo autorizó el primer cambio de nombre de una menor transexual en Galicia.
Sara, que cumplió en septiembre los nueve años, nació con genitales
masculinos y sus padres le pusieron el nombre de Hugo que figuraba en
toda su documentación. Desde el pasado 18 de marzo, Hugo ya es
oficialmente Sara, que fue el nombre elegido por la niña, en agosto del
pasado año cuando inició su tránsito social. Aplicar la resolución
judicial supondrá nuevos DNI, libro de familia, tarjeta sanitaria,
pasaporte y boletín de notas, entre otros documentos públicos.
El auto dictado por la jueza Susana Vázquez Mariño,
el pasado 18 de marzo en su calidad de responsable del Registro Civil de
Lugo, en el que acepta la solicitud formulada por los padres de Sara,
es el primero de Galicia de estas características y el número 12 de toda
España, según confirmó la presidenta de la asociación Chrysalis en
Galicia, Cristina Palacios, madre de la niña.
El cambio de nombre, que cuenta con el beneplácito
del fiscal, está basado en los informes aportados a la solicitud de los
padres de Sara por el colegio, por una psicóloga-psicoterapeuta y por su
pediatra.
Informes favorables
Tanto la tutora como la directora del colegio
hicieron constar que profesores y alumnos la llaman con el nombre de
Sara. La directora puntualizó además que «muestra signos distintivos,
imagen física e indumentaria que se corresponde con el género femenino».
Y que utiliza los baños de las niñas «conforme con su identidad de
género, sin que hubiese surgido ningún tipo de problema en la comunidad
educativa».
El pediatra, por su parte, en su informe constata que
cada vez que acudía a su consulta lo hacía vestida con ropa de niña y
se disgustaba «si se la relaciona con nombre masculino ya que no se
siente identificada con él».
El auto hace referencia al informe de la psicóloga-psicoterapeuta, que diagnosticó una disforia de género o transexualidad.
En él aseguraba que disponía de «datos más que fundados para considerar
que en este caso existe una identidad sexual femenina, estable, al
margen de cuestiones secundarias como el aspecto, comportamiento,
vestimenta y roles». Esta misma profesional recomendaba el cambio de
nombre para facilitar el proceso de tránsito e integración social de la
menor «así como su salud mental».
La jueza justifica su decisión en que el
mantenimiento de un nombre que no se corresponde con la identidad sexual
que siente «y que se muestra a nivel social se presume perjudicial para
la persona, al verse obligada a identificarse públicamente con un
nombre que revela esa discordancia» y que, según abunda, desearía
mantener en la intimidad.
Susana Vázquez Mariño hace referencia en el auto a
una sentencia del Tribunal Supremo, que recoge que a las personas con
disforia «hay que reconocerles la facultad de conformar su identidad
sexual de acuerdo con sus sentimientos profundos, con sus convicciones
de pertenecer a otro sexo».
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