Córdoba, 11 de abril (Télam).- Una mujer transgenero (*) se recibió como odontóloga en la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) y asegura que ahora, por vía judicial, buscará cambiar su nombre y figurar como mujer en su Documento Nacional de Identidad (DNI).
"Fue muy complicado cursar en la universidad por mi condición sexual y por los obstáculos que aún se nos presentan a quienes bregamos por sueños colectivos, como el reconocimiento efectivo del derecho a la identidad de género", dijo a la prensa local Julieta, que sólo se presenta con ese nombre.
La próxima batalla, aseguró, será la de promover una acción judicial para lograr que se le reconozca su condición sexual y eso pueda verse reflejado en su DNI, en el que figura como hombre.
"Es muy difícil moverse en la vida cotidiana con un DNI que no nos representa y que no nos identifica como personas. Por eso, hay que luchar en contra de todo eso para que, en el futuro, a otras personas, como yo, no les cueste tanto hacer un simple trámite sin que las miren", remarcó Julieta.
Aunque reconoce que ya logró "algo muy importante", Julieta no se da por satisfecha.
"Siempre aspiro a más y tengo sueños colectivos, como el de la identidad de género, para que en el futuro sea común que un travesti (*sic) pueda desarrollar una vida normal, y estudiar y trabajar", explicó.(Télam)
NOTA. Como siempre, en los artículos provenientes de Argentina, advierto que arbitrariamente modifico el término "travesti" por mujer transgenero y/o transexual. Reiteramos: "travesti" es una "castellanización" del francés "trasvestiste", e implica una condición de gusto por la ropa y/o vestimenta que usualmente usa las personas del sexo opuesto. No implica, necesariamente, al sexo ni a la "orientación sexual", y para nada implica cuestiones de género. Al contrario, un hombre "travesti", por lo general, mantiene firme su identidad de género masculino.
En los casos de Argentina, debo suponer que, más bien, las personas que deciden obtener un DNI con nombre y sexo femenino, reivindican su identidad de género femenino y no el masculino, pues no se entendería que un varón, desee que lo llamen como mujer. Por tanto, debe suponerse que se trata de mujeres, transgenero y/o transexuales.
Ahora bien, podría darse el caso que se trate de varones gay femeninas, que no siendo mujeres, ni transgénero ni transexuales, se sienten más comodas con que se les llame con un nombre femenino, aquel con el cual generalmente se hacen llamar en la vida cotidiana. Esto plantea el problema no en términos del derecho a la identidad de género, sino al derecho a la identidad, en términos de la libertad de cada quien, a llamarse como desee llamarse. Es su perfecto derecho y más bien, coincide con la reivindicación de género de las mujeres y hombres transexuales.
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