En Argentina, el juez Miguel Güiraldes le negó el derecho a una mujer transexual de someterse a una intervención quirúrgica para reasignarse el sexo. Se trata de Maimar Abrodos, de 45 años, que comenzó los trámites judiciales en 2009.
En su fallo, el magistrado consideró: "Con sólo pensar en ello, digo, cualquiera siente un escalofrío por lo espeluznante que implica el transitar un camino sin retorno hacia la enajenación de sí mismo. Y no es posible modificar lo inmodificable", en relación al sexo biológico.
Guiraldes, quien no mantuvo ninguna entrevista con Abrodos a lo largo del proceso, citó textos vinculados al Opus Dei y un manual que define a “el transexualismo” como un “trastorno mental” para justificar su decisión.
Cabe mencionar que la Ley Nacional de Salud Mental sancionada el año pasado por el Congreso Nacional sostiene una posición contraria. En cambio, el juez criticó la presentación de la demandante porque, según su visión, “se explaya, con abundantes citas de intelectuales”.
Además, Guiraldes afirma que el derecho a la identidad de género se trata de “falsas ilusiones de los transexuales” porque “a lo sumo, puede concretarse una burda simulación mediante artificios técnicos, que introducen modificaciones irreversibles en el organismo de quien pretende semejante autocastigo”.
Emiliano Litardo, el abogado de la mujer transexual, dijo que “no esperaba esta respuesta” de la Justicia y fundamentó su oposición al fallo. En diálogo con Página/12, evaluó: “Además de patologizarla, el juez recurre a argumentos paternalistas y la defensa de la moral pública. Y también asume el rol de médico. Es un fallo arbitrario y dogmático”.
“Es un momento clave. Necesito poder intervenirme quirúrgicamente. Es para mi vida, es para ser libre en mí misma. ¿Qué voy a esperar? ¿A pasar los 50, a tener 60?”, declaró la propia Abrodos.
En su fallo, el magistrado consideró: "Con sólo pensar en ello, digo, cualquiera siente un escalofrío por lo espeluznante que implica el transitar un camino sin retorno hacia la enajenación de sí mismo. Y no es posible modificar lo inmodificable", en relación al sexo biológico.
Guiraldes, quien no mantuvo ninguna entrevista con Abrodos a lo largo del proceso, citó textos vinculados al Opus Dei y un manual que define a “el transexualismo” como un “trastorno mental” para justificar su decisión.
Cabe mencionar que la Ley Nacional de Salud Mental sancionada el año pasado por el Congreso Nacional sostiene una posición contraria. En cambio, el juez criticó la presentación de la demandante porque, según su visión, “se explaya, con abundantes citas de intelectuales”.
Además, Guiraldes afirma que el derecho a la identidad de género se trata de “falsas ilusiones de los transexuales” porque “a lo sumo, puede concretarse una burda simulación mediante artificios técnicos, que introducen modificaciones irreversibles en el organismo de quien pretende semejante autocastigo”.
Emiliano Litardo, el abogado de la mujer transexual, dijo que “no esperaba esta respuesta” de la Justicia y fundamentó su oposición al fallo. En diálogo con Página/12, evaluó: “Además de patologizarla, el juez recurre a argumentos paternalistas y la defensa de la moral pública. Y también asume el rol de médico. Es un fallo arbitrario y dogmático”.
“Es un momento clave. Necesito poder intervenirme quirúrgicamente. Es para mi vida, es para ser libre en mí misma. ¿Qué voy a esperar? ¿A pasar los 50, a tener 60?”, declaró la propia Abrodos.
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